miércoles, 27 de abril de 2011

Leyes e instituciones que regulan la actividad económica en Colombia

1. LEGALIZACION DE LA ECONOMIA EN COLOMBIA.
La economía como ciencia, tiene conceptos que se aplican en forma general; pero las actividades económicas que se realizan en los distintos países presentan características diferentes.. Cada país debe crear y aplicar las leyes que afecten la actividad económica de acuerdo a su contexto, como también determinar las instituciones u organismos gubernamentales que diseñen y apliquen las políticas económicas
La Constitución Política de Colombia de 1991 contempla las siguientes leyes relacionadas con la actividad económica..
• CAPITULO I. DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO.
Articulo 114. Corresponde al congreso de la republica reformar la constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y laadministración. El congreso de la republica estará integrado por el senado y la cámara de representantes.
Articulo 115. El presidente de la republica es jefe del estado, jefe del gobierno y suprema autoridad administrativa.
El gobierno nacional esta formado por le presidente de la republica, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. Las gobernaciones y las alcaldías, aso como las superintendencias, los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales del estado, forman parte de la rama ejecutiva.
• TITULO XII. RÉGIMEN ECONÓMICO Y DE HACIENDA PÚBLICA.
Articulo 332. El estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables (en la medida que se utilizan tienden a desaparecer: oro, esmeraldas, petróleo, gas natural).sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes.
Articulo 333. La actividad económica y la iniciativa privada son libres, dentro de los límites del bien común. Para su ejercicio nadie podrá exigir permisos previos ni requisitos sin autorización de la ley. La libre competencia económica es un derecho de todos que supone responsabilidades. La empresa como base del desarrollo tiene una función social que implica obligaciones
• El estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulara el desarrollo empresarial
• El estado por mandato de la ley, impedirá que se obstruya o se restrinja la libertad económica y evitara o controlara cualquier abuso que personas o empresas hagan de su posición dominante en el mercado nacional.
• La ley delimitara el alcance de las libertades económicas cuando así lo exija el interés social, el ambiente y el patrimonio cultural de la nación.
Articulo 334.La dirección general de la economía, estará a cargo del Estado. Este intervendrá por mandato de ley en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano.
Intervendrá para dar pleno empleo a los recursos humanos y asegurara que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo a los bienes y servicios básicos. También para promover la productividad y la competitividad y el desarrollo armónico de las regiones.
Articulo 335. Las actividades financiera, bursátil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversión de los recursos de captación provenientes del publico, solo pueden ser ejercidas previa autorización del estado.
Articulo 336. Regular la creación y actividades de monopolio, con una finalidad de interés publico o social en virtud de la ley
Articulo 337. La ley podrá establecer para las zonas de frontera, terrestres y marítimas, normas especiales en materias económicas y sociales tendientes a promover su desarrollo.
Articulo 338. En tiempo de paz, solamente el congreso, las asambleas departamentales, los concejos distritales y municipales podrán imponer contribuciones fiscales ( impuestos) y parafiscales (ISS, pensión, SENA, ICBF, Cajas de Compensación Familiar).
• CAPITULO II. DE LOS PLANES DE DESARROLLO
Articulo 339. Habrá un plan nacional de desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades publicas del orden nacional.
GENERAL: Se señalaran los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y lasestrategias y orientaciones generales de las políticas económicas, sociales y ambientales que serán adoptadas por el gobierno.
INVERSIONES PUBLICAS: Contendrá los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución.
Las entidades territoriales (departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas) elaboraran y adoptaran de manera concertada entre ellas y el gobierno nacional, planes de desarrollo con el objeto de asegurar el uso eficiente de los recursos y
el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la constitución y al ley. Estos planes también tendrán una parte estratégica y un plan de inversiones a mediano y corto plazo.
Articulo 340. Habrá un consejo nacional de planeación integrado por representantes de las entidades territoriales y de los sectores económicos, sociales, ecológicos, comunitarios y culturales. El consejo tendrá carácter consultivo y servirá de foro para la discusión del plan nacional de desarrollo.
• CAPITULO I I I. DEL PRESUPUESTO
Articulo 345. En tiempo de paz no se podrá percibir contribución o impuesto que no figure en el presupuesto de rentas, ni hacer erogación con cargo al tesoro que no se halle incluida en el de gastos. Tampoco podrá hacerse ningún gasto público que no haya sido decretado por el congreso, por las asambleas departamentales o por concejos distritales o municipales, ni transferir crédito alguno a objeto no previsto en el respectivo presupuesto.
Articulo 346. El gobierno formulara anualmente el presupuesto de rentas y ley de apropiaciones que deberá corresponder al plan nacional de desarrollo y lo presentara al congreso, dentro de los primeros diez días de cada legislatura. Las comisiones de asuntos económicos de las dos cámaras deliberaran en forma conjunta para dar primer debate al proyecto de renta y ley de apropiaciones. (Articulo 200, numero 4)
Articulo 347. El proyecto de ley de apropiaciones deberá contener la totalidad de los gastos que el Estado pretenda realizar durante la vigencia fiscalrespectiva. Si los ingresos legalmente autorizados no fueren suficientes para atender los gastos proyectados, el gobierno propondrá por separado, ante las mismas comisiones que estudian el proyecto de ley de presupuesto, la creación de nuevas rentas o la modificación de las existentes para financiar el monto de los gastos contemplados.
• CAPITULO IV. DE LA DISTRIBUCION DE RECURSOS Y DE LAS COMPETENCIAS.
Articulo 356. Salvo lo dispuesto por la constitución, la ley a iniciativa del gobierno, fijara los servicios a cargo de la nación y de las entidades territoriales. Determinara asimismo, el situado fiscal, esto es, el porcentaje de los ingresos corrientes de la nación que será cedido a los departamentos, el distrito capital y los distritos especiales de Cartagena, Santa Marta y Barranquilla para la atención directa o a través de los municipios, de los servicios que se le asignen.
Los recursos del situado fiscal se destinaran a financiar ka educación preescolar, primaria, secundaria y media, y la salud en los niveles que la ley señale, con especial atención a los niños.
• Un 15% del situado fiscal se distribuirá por partes iguales entre los departamentos, el distrito capital y los distritos especiales.
• El resto se asignara en proporción al numero de usuarios actuales y potenciales de los servicios mencionados, teniendo en cuenta, además, el esfuerzo fiscal y la eficiencia administrativa de la respectiva entidad territorial.
Articulo 357. Los municipios participaran en los ingresos corrientes de la nación.
• 60% en proporción directa al numero de habitantes con necesidades básicas insatisfechas y al nivel relativo de pobreza de la población del respectivo municipio
• El resto en función de la población total, la eficiencia fiscal y administrativa y el progreso demostrado en calidad de vida.
• CAPITULO VI. DE LOS ESTADOS DE EXCEPCION
Articulo 212. El presidente de la republica, con la firma de todos los ministros podrá declarar el estado de guerra exterior. El gobierno tendrá facultades especiales, mediante previa autorizaron del senado.
Articulo 213. En caso de grave perturbación del orden publico que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del estado, o la convivencia ciudadana, el presidente de la republica con la firma de todos los ministros, podrá declarar el estado de conmoción interior en toda la republica o parte de ella, por termino no mayor de noventa días, prorrogable por dos periodos iguales.
Articulo 215. Cuando sobrevengan hechos distintos a los del articulo 212 y 213 que perturben o amenacen perturbare forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituya grave calamidad publica, el presidente con la firma de todos los ministros, declarara el estado de emergencia por periodo de 30 días en cada caso, que sumados no podrán exceder de 90 días en el año en el año calendario.
El presidente podrá dictar decretos con fuerza de ley, destinados exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos. Las medidas son transitorias, pero el congreso en el año siguiente les puede otorgar el carácter de permanente. El presidente de la republica y los ministros serán responsables de las medidas que tomen durante el estado de emergencia.
El gobierno no podrá desmejorar los derechos sociales de los trabajadores, mediante los decretos contemplados en este articulo. El gobierno debe enviar informe a la corte constitucional al día siguiente de la expedición del decreto, para que aquella decida sobre su constitucionalidad.

6 comentarios:

  1. Teniendo en cuenta las Leyes e instituciones que regulan la actividad económica en Colombia, podemos concluir en forma global que todo fue creado y organizado desde la estructura del estado para un buen propósito de procedimientos que conlleven al estado a servirle al pueblo donde la razón de ser es este mismo la sociedad en general, donde miramos los planes de desarrollo, las inversiones publicas los presupuestos públicos todo regulado según la ley. Para el fin colectivo y nacional, donde el estado es el centro del progreso o atraso según sea su manejo y posición, y es el estado vital para el progreso y avance de un país que cada vez lo requiere mas con servidores públicos íntegros y justos que hagan cumplir la ley como esta, es necesario la responsabilidad de estos últimos en los actos o decisiones donde tienen facultad y cumplan su atribución de servidores públicos sirviendo al pueblo con honestidad.

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  2. Nuestro país está regido por la constitución política de 1991, donde contempla la organización administrativa del Estado colombiano sus leyes e instituciones relacionadas con la actividad económica como es su estructura, los planes de desarrollo, el presupuesto, distribución de recursos, etc. donde crea y aplica las leyes que afecten la economía y también determina las instituciones u organismos gubernamentales que diseñen y apliquen las políticas económicas.

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  4. Tomando como base el concepto de Hacienda Publica donde se visualiza como la disciplina que se encarga del estudio de los objetivos del sector público y la forma como se pueden lograr estos con unos recursos limitados; con piso jurídico en la constitución de 1991; la Hacienda Pública debe garantizar una distribución de los recursos para así lograr el bienestar de la comunidad en general y lograr que esta distribución se realice de forma equitativa, buscar la estabilidad en cada una de las instituciones públicas y en general en todos los sectores públicos o áreas publicas impulsando un crecimiento económico sostenible que permita la prosperidad y el equilibrio presente y futuro del país.

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  5. la hacienda publica es uno de los órganos con mas responsabilidad ya que sobre ella esta de recolectar y y distribuir los recursos de la comunidad cumpliendo así con las obligaciones que son puesta sobre ese órgano que es cumplir con las necesidades básicas del pueblo y para que la hacienda cumpla con lo impuesto por el estado.
    la reglamentación del mismo estado y la legislación lo que hace que se cumpla las obligaciones de la hacienda publica con el pueblo y así poder garantizar un buena calidad vida a los ciudadanos

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  6. Una de las mejores maneras de hacer buen uso de los recursos con que cuneta el Estado es tener control sobre los mismos para ello se crean leyes de carácter económico que logran buenos resultados siempre y cuando se cumpla a cabalidad con dichas leyes. Los planes de desarrollo con que cuneta ya sea un municipio, un departamento o un país debe llenar las expectativas ahí plasmadas para ello sea hace necesario o es fundamental que todas las normas leyes o tipos de decretos vaya relacionadas con los planes de desarrollo aunque es difícil de cumplir no imposible y los resultados en cuanto a inversión y desarrollo de una comunidad se hace evidente. Las leyes económicas primero deben velar por el mantenimiento y bienestar de la comunidad a través del fortalecimiento de los organismos políticos y en donde se le de una participación de manera equitativa a toda la comunidad sin importar rasgos de carácter sexual , de raza , de color etc..

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